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Cetrería en Galicia, Asturias y Cantabria: Normativa, Licencia y Registro

Cetrería en Galicia, Asturias y Cantabria: Normativa, Licencia y Registro

El norte de España — Galicia, Asturias y Cantabria — ofrece un escenario cetrístico marcado por la lluvia, los valles verdes, las rías, los montes atlánticos y la cordillera Cantábrica. La cetrería en estos territorios tiene raíces medievales profundas: los reyes de la Corona de Castilla practicaban la caza con halcones en las monterías del norte, y la cultura del azor y el halcón peregrino persiste hoy en comunidades cetreras activas.

Cetrería en Galicia

Marco legal

La cetrería en Galicia está regulada por la Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de Caza de Galicia y su normativa de desarrollo. El organismo competente es la Consellería do Medio Ambiente, Territorio e Vivenda de la Xunta de Galicia.

Requisitos en Galicia

La cetrería requiere licenza de caza de Galicia vigente. Galicia forma parte del Convenio de Reciprocidade entre comunidades autónomas (Aragón, Asturias, Castilla y León, Extremadura, La Rioja, Madrid, Murcia y Navarra).

El ave debe inscribirse en el Rexistro de Aves de Cetrería de Galicia ante la Xunta antes de iniciar la actividad. Documentación: DNI ou NIE, anilla cerrada o microchip, CITES si procede, factura del criadero.

Organismo: Xunta de Galicia — Consellería do Medio Ambiente.

Cetrería en Asturias

Marco legal

La cetrería en Asturias está regulada por el Decreto Legislativo 1/2004, de 22 de abril, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Caza del Principado de Asturias. El organismo competente es la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial del Gobierno del Principado de Asturias.

Requisitos en Asturias

La cetrería requiere licencia de caza asturiana vigente. Asturias forma parte del Convenio de Reciprocidad. El ave debe inscribirse en el Registro de Aves de Cetrería del Principado antes de iniciar la actividad.

Organismo: Gobierno del Principado de Asturias — Consejería de Medio Rural.

Cetrería en Cantabria

Marco legal

La cetrería en Cantabria está regulada por la Ley 12/2006, de 17 de julio, de Caza de Cantabria. El organismo competente es la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria.

Requisitos en Cantabria

La cetrería requiere licencia de caza cántabra vigente. El ave debe inscribirse en el Registro autonómico de aves rapaces antes de iniciar la actividad. Documentación estándar: DNI, anilla o microchip, CITES si procede, factura del criadero.

Organismo: Gobierno de Cantabria — Consejería de Medio Ambiente.

Especies autorizadas en el norte

Las tres comunidades autorizan las principales rapaces: halcón peregrino, azor, gavilán, esmerejón, alcotán, cernícalo vulgar, busardo de Harris e híbridos documentados de cría en cautividad. El azor es la especie más utilizada en los hábitats forestales del norte.

El norte cetrístico: azores entre robles y eucaliptos

La cetrería norteña está marcada por el azor (Accipiter gentilis), perfectamente adaptado a los bosques atlánticos. Los montes de Galicia, las brañas asturianas y los valles cántabros son territorio natural para la caza con azor: técnica exigente, de gran tradición medieval y con una comunidad de practicantes entregados.

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Fuentes: Xunta de Galicia — Ley 13/2013 de Caza; Gobierno del Principado de Asturias — DL 1/2004; Gobierno de Cantabria — Ley 12/2006; UNESCO — Patrimonio Cultural Inmaterial.

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